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Reforma laboral a los días de vacaciones



La iniciativa de reforma a los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) fue aprobada el 3 de noviembre del 2022 por la Cámara de Senadores para ser turnada a la Cámara de Diputados para su aprobación, sin embargo, esta fue modificada en cuanto a los días consecutivos que podían tomar los trabajadores, por lo que fue devuelta al Senado para su aval, a lo cual el día 14 de diciembre del año pasado fue aprobada por la Cámara de Senadores, esperando solo su publicación en el Diario Oficial de la Federación, dichos artículos quedaron como sigue:


"Artículo 76.-

Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutaran de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborales, y que aumentara en dos días laborales, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios. Después del quinto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios."


"Artículo 78.-

Los trabajadores deberán disfrutar en forma continua 12 días de vacaciones, por lo menos. Dicho período, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma en la forma y tiempo que así lo requiera."


A continuación, se adiciona una tabla con los días anteriores de vacaciones y con los que entraron en vigor a partir del 2023:



Los trabajadores que ya tienen una antigüedad también serán sujetos de esta reforma a partir de su entrada en vigor, considerando el artículo 6° de la LFT, que a la letra dice: "Las leyes respectivas y los tratados celebrados y aprobados en los términos del artículo 133 de la Constitución serán aplicables a las relaciones de trabajo en todo lo que beneficien al trabajador a partir de la fecha de la vigencia."


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